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crioH! No tiene nunca acceso a la información confidencial relativa a los medios de pago. Por esta razón, los datos bancarios del socio le serán solicitados para cada nuevo pedido.
crioH! Se compromete a respetar la más estricta confidencialidad. La información comunicada por el cliente en el momento de su inscripción tendrá carácter confidencial permanentemente, y no será divulgada a personas o entidades ajenas a la empresa sin su consentimiento. Esta información sirve para conocerle mejor, y así ofrecerle los mejores servicios.

Por otra parte, no se conservará dato alguno relativo al pago, ya que las transacciones financieras tendrán lugar a través de la interfaz bancaria de nuestro colaborador:  BBVA.

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ADHERIDA A CONFIANZA ONLINE

crioH! Es una entidad de comercio electrónico adherida a CONFIANZA ONLINE, un sello que acredita su transparencia y credibilidad en el sector del comercio electrónico.



CONFIANZA ONLINE es el primer sistema de autorregulación que ha sido reconocido por la autoridades Españolas con el otorgamiento del  “Distintivo Público de confianza en línea” por el cumplimiento de los requisitos del Real Decreto 292/2004, de 20 de febrero.

Por el solo hecho de su adhesión a CONFIANZA ONLINE, crioH! asume los siguientes compromisos.

1. Respetar las normas del “Codigo Ético de comercio Electrónico y Publicidad Interactiva” de CONFIANZA ONLINE en sus actividades de publicidad y/o transacciones contractuales con los consumidores realizadas a través de medios electrónicos de comunicación a distancia.

Someterse al jurado de la publicidad de AUTOCONTROL para la resolución de las reclamaciones que presenten por supuesta infracción de las normas del “Código Ético”en relación con la publicidad.                                                               

3. Someterse al arbitraje de la Junta Arbitral de Consumo para la resolución de las reclamaciones que se presenten por presunta infracción de las normas de “Código Ético” relativas a la contratación electrónica con consumidores, cuando no hayan podido ser resueltas por la mediación de AECEM. Acatar y cumplir inmediatamente el contenido de las decisiones que en consecuencia dicte la Junta Arbitral Nacional de Consumo.

 

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